El abogado especialista en armas explicó en San Nicolás Debate qué se necesita para ser legítimo usuario, qué consecuencias tiene dejar vencer la credencial y cómo se analiza la legítima defensa. También advirtió sobre la aparición de testaferros que abastecen al mercado ilegal de armas.
En el segundo bloque de San Nicolás Debate, Baltasar Schubert recibió al abogado Adrián Ferreyra, especialista en legislación sobre armas, para abordar un tema poco tratado dentro del debate sobre la inseguridad y aclarar algunos de los mitos más comunes.
Como un carnet de conducir
Para explicar la tenencia legal de un arma, Ferreyra recurrió a una comparación sencilla. «La credencial de legítimo usuario es similar al carnet de conducir: uno te permite manejar autos y el otro te permite manejar armas de fuego», resumió. El trámite se realiza ante el RENAR, organismo que durante algunos años funcionó como Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC).
Aunque existen dos categorías, en la práctica se utiliza solo una: la de uso civil condicional. Para obtenerla, hay que tener al menos 18 años, aprobar un examen psicofísico con profesionales habilitados y acreditar idoneidad mediante una instancia teórica y una práctica mínima de tiro. Recientemente, la edad mínima bajó de 21 a 18 años, un cambio que, según Ferreyra, no generó inconvenientes, ya que la mayoría de quienes inician el trámite superan los 20 años.
Credencial vencida, delito igual
La credencial tiene una vigencia de cinco años. Durante ese plazo, el usuario puede tener el arma en su casa y trasladarla al polígono, a la armería, al taller o al campo. Una vez vencida, la situación cambia. «La pasás a tener de manera ilegal», advirtió.
Ferreyra explicó que el delito es el mismo que se le imputa a un delincuente con un arma no registrada: tenencia ilegal de arma de fuego. La diferencia está en la pena, ya que se presume que quien fue legítimo usuario y olvidó renovar el trámite no tiene el arma para delinquir. Por eso, insistió en la responsabilidad que implica mantener la documentación al día.
Testaferros para el mercado negro
Sobre el origen de las armas que usan los delincuentes, el abogado describió una evolución a lo largo de cinco décadas. Entre los años 60 y 80, provenían principalmente de asaltos a comisarías, cuarteles y depósitos militares o judiciales. Las políticas de desarme y las mejoras en seguridad hicieron más difícil ese acceso, pero las organizaciones delictivas encontraron nuevas vías. «Son innovadores», señaló.
Ferreyra vinculó una de esas vías con un cambio reciente: la eliminación del requisito de acreditar un medio de vida lícito para obtener la credencial. Según explicó, eso dio lugar a la aparición de testaferros, personas sin ingresos declarados a las que se les paga para registrarse, comprar armas y luego denunciarlas como perdidas o robadas, de modo que terminen en el mercado ilegal.

Legítima defensa no es venganza
El tramo más extenso de la entrevista se centró en la diferencia entre la legítima defensa y la justicia por mano propia. «La legítima defensa es un derecho natural que tenemos todos», explicó. En cambio, la venganza implica reemplazar a la autoridad policial o judicial para obtener una satisfacción personal. También aclaró un error frecuente: el bien jurídico que protege principalmente la legítima defensa es la vida, no los bienes materiales.
El primer requisito es la existencia de una agresión ilegítima, es decir, aquella que nadie está obligado a soportar. Para ilustrarlo, planteó un ejemplo: alguien irrumpe en una casa a las cuatro de la mañana, rompe puertas y ventanas, exige dinero y arrastra a un integrante de la familia. Ese caso corresponde a la llamada legítima defensa privilegiada. Muy distinto sería que quienes ingresan se identifiquen como policías en un allanamiento, porque allí la intervención es legal.
El segundo requisito es la proporcionalidad, que, según remarcó, no es lo mismo que la igualdad. Ante la pregunta sobre qué ocurre si alguien responde con un revólver a un atacante armado con un cuchillo, fue claro: «Un cuchillo a corta distancia es muchísimo más peligroso que un arma de fuego». En ese contexto, el disparo podría considerarse proporcional. La situación cambia si el agresor está lejos y existe la posibilidad de cerrar la puerta o escapar. «Ahí no va a existir proporcionalidad, porque lo que quise fue matarlo, no defenderme», explicó.
Lo que falta: sentido común
Al cierre, consultado sobre qué debería cambiar en la legislación, respondió en dos palabras: «Sentido común». Consideró que la ley de armas argentina es «una de las mejores del mundo», pero cuestionó su aplicación. «Muchas veces nuestros jueces y fiscales lo ven desde el escritorio y no desde la realidad del policía o de la persona que fue asaltada», sostuvo. Y advirtió que, en ocasiones, se exige a quien se defiende «cosas que son humanamente imposibles». Por eso concluyó que la teoría es muy buena, pero hay que llevarla a la realidad.


